Obligaciones de los propietarios

Corresponde a los poseedores y en general a todas aquellas personas que mantengan o disfruten de animales de compañía: a) Tratar a los animales de acuerdo a su condición de seres sentientes, proporcionándoles atención, supervisión, control y cuidados suficientes; una alimentación y bebida sana, adecuada…

Requisitos para adoptar

Deben cumplir con lo dispuesto en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid. Aquellas personas físicas que deseen adoptar un animal  potencialmente peligroso deberán disponer con anterioridad de  la licencia para la tenencia…